La primera víctima declaró en el juicio que, en los meses de abril y mayo de 2022, firmó un contrato de arrendamiento de dos vehículos con José Iván Menjívar Díaz. El acuerdo estipulaba un plazo de seis meses, con un pago de $105.00 semanales por cada vehículo. La víctima entregó los vehículos en la colonia Flor Blanca, en San Salvador, y por la confianza que había depositado en el sujeto, le dio un tercer vehículo en julio para que lo reparara.
Sin embargo, el 22 de septiembre recibió un correo electrónico de Sertracen El Salvador informándole sobre un traspaso de uno de los vehículos. Al acudir a las oficinas de Sertracen, se enteró que los tres vehículos ya no estaban registrados a su nombre.
Por otra parte, la segunda víctima indicó al Tribunal que en junio de 2023 firmó un contrato de arrendamiento con el imputado para su vehículo, por un plazo de un año y con un pago semanal de $100.00. A partir del 4 de marzo, dejó de recibir los pagos correspondientes y no pudo comunicarse con el imputado.
En vista de lo sucedido, la víctima decidió publicar la pérdida de su vehículo en una plataforma digital de comunicación. Posteriormente, una persona se puso en contacto con ella y le dijo que tenía su vehículo, ya que se lo habían dado en promesa de venta.
Por ambos casos, el Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador encontró culpable a José Iván Menjívar Díaz de haber cometido el delito de apropiación indebida de vehículo automotor y lo condenó a 10 años de prisión.
Además, se le ordenó pagar $2,500 a la primera víctima y $1,000 a la segunda, en concepto de responsabilidad civil.