El 18 de abril de 2023, Michael Douglas Gómez Pineda arrendó un vehículo que el dueño había publicado en la sección de noticias de Facebook.
Según el contrato acordado, Gómez Pineda pagó $125.00 por cinco días. Dos días antes del vencimiento del contrato, este llamó al dueño para proponer una prórroga de cinco días adicionales. El propietario accedió a la solicitud y el hombre realizó un pago electrónico por el mismo monto.
El 28 de abril, dos días antes del nuevo plazo de finalización, intentó solicitar otra prórroga. Sin embargo, el dueño del vehículo rechazó la solicitud, ya que lo había comprometido con otra persona y necesitaba que se lo devolviera.
Michael comenzó a poner excusas para dicha devolución, lo que constituyó el primer delito denominado como apropiación indebida de vehículo automotor.
Mientras tanto, el 20 de abril de 2023, el imputado vende ese mismo vehículo a otra persona, quien, confiando en que él era dueño del automotor, le entregó $6,000. Esta acción configuró el segundo delito, denominado estafa.
El nuevo propietario del vehículo encontró una publicación en Marketplace, en la que el propietario original ofertaba su arrendamiento. Al ponerse en contacto con el verdadero dueño, descubrieron que habían sido víctimas del mismo imputado. Ante ello, interpusieron la denuncia que resultó en la captura y procesamiento de Michael Gómez.
Por estos hechos, el Tribunal Primero de Sentencia lo encontró responsable de ambos delitos y dictó una sentencia de cinco años de prisión por el delito de retención indebida de vehículo automotor, a su vez cuatro años por el delito de estafa, totalizando una pena de nueve años de cárcel. Además, deberá resarcir los daños económicos a ambas víctimas.