La directora ejecutiva de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Construcción (DOT), Paola Bardi, anunció la entrada en vigencia de la Ley Especial de Responsabilidad Profesional para las Personas Sujetas a Inscripción en el Registro de Profesionales y Prestadores de Servicios de Urbanización y Construcción.
La normativa fue aprobada por la Asamblea Legislativa el 9 de septiembre de 2026, publicada en el Diario Oficial el 11 de septiembre y entró en vigencia el 19 de septiembre. La legislación busca establecer reglas claras sobre la responsabilidad técnica y jurídica de las personas naturales y jurídicas que participan en proyectos de lotificación, urbanización y construcción.
De acuerdo con la DOT, la ley regula las responsabilidades durante las distintas etapas de los proyectos, desde el planeamiento y diseño hasta la ejecución, supervisión, control y mantenimiento de las obras. Además, establece que la obtención de un permiso de construcción no exime a los profesionales de las obligaciones legales ni de la responsabilidad derivada de sus actuaciones técnicas. El Registro de Profesionales y Prestadores de Servicios de Urbanización y Construcción, administrado por la DOT, contempla distintas categorías, entre ellas profesionales y técnicos, prestadores de servicios ambientales y culturales, auditores urbanos y tramitadores.
La normativa también incorpora un régimen de infracciones y sanciones clasificadas como leves, graves y muy graves. Las multas pueden ir desde uno hasta 20 salarios mínimos, y entre las conductas consideradas de mayor gravedad se encuentran ejercer sin estar inscrito en el registro, presentar documentación falsa o alterada, incumplir disposiciones de seguridad y gestión de riesgos, o incurrir en negligencia o impericia que genere consecuencias graves. Asimismo, la ley contempla herramientas de modernización como la Firma Electrónica Certificada y el Sello Electrónico Profesional para validar documentos técnicos.
La DOT informó además que se estableció un periodo transitorio de seis meses para la implementación progresiva de las disposiciones relacionadas con los tramitadores. Una vez concluido ese plazo, los nuevos trámites que se presenten en el Sistema de Administración y Autorización de Permisos de Construcción y Lotificaciones deberán ser ingresados exclusivamente por tramitadores debidamente autorizados e inscritos en el registro.
Con esta normativa, la institución busca fortalecer el control sobre quienes intervienen en los proyectos, mejorar la trazabilidad de los procesos y brindar mayor seguridad jurídica a propietarios y desarrolladores que contraten servicios profesionales.

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