La Unidad de Bienestar Animal (UBA), del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación de Guatemala, impuso una sanción administrativa superior a 70 mil quetzales a una persona que practicó una intervención quirúrgica a un gato sin contar con la acreditación de médico veterinario colegiado activo, lo que resultó en la muerte del animal.
El hecho ocurrió en la zona 6 del municipio de Villa Nueva, donde, según la denuncia recibida el 13 de enero de 2025, el dueño del gato lo llevó para una esterilización. Sin embargo, durante el procedimiento, al felino le extrajeron los riñones, provocando su fallecimiento posterior.
Tras el proceso de investigación y análisis administrativo, la UBA determinó que se cometieron dos infracciones gravísimas, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Protección y Bienestar Animal, Decreto No. 5-2017 del Congreso de la República:
-Artículo 62, literal d): Intervenir quirúrgicamente animales sin ser médico veterinario colegiado activo.
-Artículo 62, literal l): Causar la muerte de un animal mediante procedimientos que generen o prolonguen su sufrimiento.
En seguimiento, la UBA notificó al responsable el lunes 5 de mayo de 2025 sobre la resolución. A partir de esa fecha, la persona dispone de un plazo de 30 días para hacer efectivo el pago de la sanción.