La Procuraduría General de la República (PGR) emitió un comunicado oficial en el que informa a instituciones públicas y privadas, autónomas, municipalidades y personas naturales sobre las disposiciones legales que deben cumplir con motivo de la nueva Reforma de Ley que permite el pago anticipado del aguinaldo.
La institución recordó que, según el Decreto Legislativo n.º 140 de 1997, reformado por el Decreto n.º 167 de 2000, las personas obligadas al pago de cuotas alimenticias deben realizar un pago adicional en diciembre correspondiente al 30 % del aguinaldo recibido, en el caso de quienes sean asalariados. Para las personas no asalariadas, la obligación equivale al monto total de la cuota alimenticia establecida a favor de sus hijos o hijas.
La PGR indicó que las entidades y personas obligadas tendrán como plazo máximo hasta el 1 de diciembre de 2025 para remitir dichos pagos, advirtiendo que el incumplimiento podría acarrear sanciones conforme al Código de Familia y al Código Penal.
Asimismo, la institución anunció que sus Unidades de Control de Fondos de Terceros atenderán en horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. sin cerrar al mediodía, y también los sábados 6, 13 y 20 de diciembre en horario de 8:00 a.m. a 12:00 m.d.
Para más información, la PGR puso a disposición los números 2231-9483 y 2231-9479, los correos [email protected] y [email protected], así como atención a través de su Centro Virtual CAVAL, WhatsApp institucional (7607-9013) y redes sociales oficiales.

