El Ministerio de Trabajo anunció la activación de acciones legales para evitar retenciones y descuentos indebidos aplicados a la denominada “Quincena 25”, un pago protegido por la ley aprobada por la Asamblea Legislativa el pasado miércoles 14 de enero.
La institución advirtió que cualquier descuento automático realizado por bancos, cooperativas u otras entidades financieras sobre este ingreso constituye una práctica ilegal, aun cuando exista una relación crediticia previa, y será sancionado conforme a la ley.
De acuerdo con la normativa aprobada por el órgano legislativo, la “Quincena 25” es un ingreso complementario equivalente al 50 % del salario mensual, que debe pagarse entre el 15 y el 25 de enero de cada año. El decreto establece de forma expresa que este beneficio no puede ser objeto de retenciones, descuentos ni embargos, incluidos aportes previsionales, de seguridad social o cualquier otra obligación financiera, y aclara que es adicional al salario ordinario, al aguinaldo y a otras prestaciones laborales vigentes.
Rolando Castro, Ministro de Trabajo reiteró que este ingreso extraordinario está exento de cualquier tipo de descuento y tampoco puede ser embargado. “Hay que dejarlo bien claro, si una persona gana mil dólares, le van a entregar $500, sin ningún tipo de retención. Esta fue una de las instrucciones del Presidente de la República”, afirmó.
El Ministerio de Trabajo informó que ya se han emitido advertencias al sistema financiero para garantizar el respeto de la ley y evitar afectaciones económicas a los trabajadores. Asimismo, recordó que el incumplimiento de esta disposición puede acarrear multas significativas para los proveedores que realicen cobros indebidos.
La institución hizo un llamado a la población a revisar sus estados de cuenta y denunciar de inmediato cualquier descuento aplicado a la “Quincena 25”. Las denuncias pueden interponerse a través de los canales oficiales del Ministerio de Trabajo, incluyendo atención telefónica al 130 y plataformas digitales.

